Por Alejandra Nuñez del Prado
La Subcuenca río Quindío se sitúa en el centro geográfico del occidente colombiano, con un recorrido de 65.35 Km. Nace en el extremo nororiental del municipio de Salento en el páramo del Quindío (3780 msnm), y finaliza en el municipio de Armenia. En sí, toda la cuenca del río Quindío es de amortiguación del Parque Nacional Natural de los Nevados[1].
El 2018 las poblaciones aledañas al río Quindío se alarmaron por el corte de agua potable debido a la contaminación de una sustancia extraña que se creería provenía de plaguicidas o hidrocarburos. Después de una revisión ocular y evaluación se concluyó que la contaminación era de origen múltiple, proviniendo de la falta de tratamiento de aguas residuales de uso doméstico, derivados de productos agrícolas, pecuarias y actividades mineras que además habrían afectado el área forestal protectora.
Por la gravedad de la situación Carlos Alberto Arrieta Martínez (Procurador Judicial Ambiental y Agrario del municipio de Armenia), junto a Luisa Fernanda León (defensora del Pueblo en el Quindío) y Juliana Victoria Ríos (personera de Armenia) presentaron una Acción Popular en contra de la Nación-Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la Corporación Autónoma Regional del Quindío, el Municipio de Armenia, las Empresas Públicas de Armenia E.P.A. Municipio de Salento, las Empresas Públicas de Qundío E.P.Q. y la Asociación de Suscriptores del Acuerdo Rural El Rosario de la Vereda Boquía del Municipio de Salento, por el derecho colectivo al goce de un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico, el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, conservación y el acceso a los servicios públicos.

El 22 de Noviembre del 2018 la Sala de Decisión Tercera sentenció el fallo ignorando el apartado sobre derechos de la naturaleza, un problema jurídico que fue solucionado el el 5 de diciembre del 2019 en el mismo Tribunal Administrativo de Quindío que, basándose en las reiteradas oportunidades que la Corte Constitucional de Colombia habría dimensionado la importancia de los “recursos hídricos”, posicionando a los ríos como sujeto de derecho dicta reconocer al Río Quindío, desde su nacimiento, su cuenca, afluentes y hasta su desembocadura, ostenta el trato de sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado, a través de las entidades accionadas. En consecuencia, se ordena al gobernador del Quindío ejercer la tutoría y representación de los derechos del río a través de la Secretaría de Aguas e Infraestructura, y garantizar la protección, recuperación y debida conservación del afluente hídrico, y velar por la debida operación y funcionamiento de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) y adelantar el mantenimiento del pozo séptico, que se encuentran ubicadas en el curso del río para evitar su contaminación. Asimismo, se concedió el amparo de los derechos colectivos de la población de Armenia y dispuso la recuperación del área forestal protectora que se encuentra afectada. Finalmente se dispuso realizar estudios para determinar las posibles afecciones a la salud de los habitantes del Municipio derivadas de la presencia de metales y las otras sustancias identificadas de los máximos aceptables, relacionado con los riesgos ambientales.
La sentencia de la Corte Constitucional responsabiliza al Estado y varias de sus entidades accionadas por no proveer una respuesta institucional idónea por la grave vulneración de los derechos fundamentales a la vida, a la salud, al agua, a la seguridad alimentaria, al medio ambiente sano, a la cultura y al territorio de las comunidades étnicas que habitan la cuenca del río Quindío. Aludiendo la omisión del Estado en tomar acciones para enfrentar los múltiples problemas históricos, socioculturales, ambientales y humanitarios que aquejan a la región.
Acción Popular: un sendero para los Derechos de la Naturaleza en Colombia
En Colombia ni la constitución ni las leyes contemplan que la naturaleza tenga erechos, por ello se ha tenido que buscar la protección de los ecosistemas por vía judicial, por ello estos casos sobre derechos de la naturaleza y agua se apoyaron en la Acción Popular consagrada en el Artículo 88 de la Constitución Política de la República de Colombia, por medio del cual cualquier persona natural o jurídica puede demandar al Estado en cualquier tiempo, aún durante los estados de excepción, la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, la moral administrativa, el ambiente y la libre competencia económica, tendiente a evitar un daño contingente, hacer cesar alguna amenaza, vulneración o agravio sobre los mismos o restituir las cosas a su estado anterior cuando ello fuere posible. Con la Acción Popular se busca obtener la protección de los derechos e intereses de la naturaleza colectiva, la misma procede contra toda acción u omisión de las autoridades públicas o de los particulares que violen o a amenaces esa clase de derechos; en ese sentido el daño a un derecho o interés colectivo puede corresponder a una lesión y aún a una amenaza originada en hechos objetivamente verificables.
Referencias, documentos y links
Acción Popular 030-002-2019 [Sala Cuarta de Decisión Tribunal Administrativo del Quindío]. 05 de diciembre del 2019. Colombia. http://files.harmonywithnatureun.org/uploads/upload997.pdf
García, P., Obregón, N. (2012). Consideraciones de ética ambiental en la Gestión Integral del Recurso Hídrico de la cuenca del río Quindío. Entramado, 8(2), 12-37. http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1900-38032012000200002
El Agua es Vida. El Río Quindío ha sido declarado sujeto de derechos (08 de diciembre del 2019). Kavilando. https://kavilando.org/lineas-kavilando/formacion-genero-y-luchas-populares/7336-el-agua-es-vida-el-rio-quindio-ha-sido-declarado-sujeto-de-derechos
Martínez, O. (2011). Formulación de Plan de Manejo Subcuenca Río Quindío. Corporación Regional Autónoma del Quindío. file:///C:/Users/HP%202019/Downloads/35-PLAN-DE-MANEJO-SUBCUENCA-RIO-QUINDIO-2011-FINAL-DIC.pdf
Reinoso, P. L. G., & Neira, N. O. (2011). Elementos para formular una gestión integrada del recurso hídrico. Caso cuenca río Quindío. Revista de Tecnológia-Journal of Technology, 10, 73-83.
[1] (Reinoso, 2011)